YO Y MI ENTORNO

OBJETIVO GENERAL:



Desarrollar a partir de las herramientas de Google una propuesta didáctica que permita a los estudiantes establecer compromisos con sigo mismo y con su entorno en concordancia con el potencial de los recursos naturales, la forma como se han utilizado en desarrollos tecnológicos y las consecuencias de las acciones de los seres humanos sobre ellos.

LOS NIÑOS SON LO MAS IMPORTANTE






DERECHOS DE LOS NIÑOS

PRIMER DERECHO:

El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños si excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, orígen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

SEGUNDO DERECHO:

El niño gozará de protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensando todo ello por la ley y por otros medios para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar Leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

TERCER DERECHO:

El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

CUARTO DERECHO:

El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo, y servicios médicos adecuados.

QUINTO DERECHO:

El niño física o mentalmente impedido o que sufra según impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y cuidados especiales que requiera su caso particular.

SEXTO DERECHO:

El niño para el pleno y armonioso desarrollo de su personalida, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse el niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños si familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estables o de otra índole.

SÉPTIMO DERECHO:

El niño tiene derecho a recibir educación que será gratita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individua, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil a la sociedad.

El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.

El mismo niño debe disfrutar plenamente de sus juegos y recreación, los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de su derecho.

OCTAVO DERECHO:

El niño, debe en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

NOVENO DERECHO:

El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.

No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se la permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación , o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

DÉCIMO DERECHO:

El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación social, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.